Justicia en Alemania

Con acontecimientos como los que están viviendo 128 españoles en Érfurt, capital de Turingia, Alemania, nos tenemos que hacer muchas preguntas. La primera es para los 128: ¿Se informaron ante autoridad o profesional de lo que estaban firmando? La segunda es para la Representación española en Alemania: ¿Cual fué el impedimento para que actuaran tan tardíamente? La tercera para las autoridades locales, regionales y federales de Alemania: ¿Porqué no se tomaron medidas de control previas al traslado de los ciudadanos españoles?

Mientras que llega el informe sobre este tema, voy a contaros un caso que es una muestra mas de la competencia y a veces incluso eficaz administración de justicia en Alemania.

En tiempos de “crisis” la penumbra cae sobre las cabezas de los mas necesitados, mientras que se aviva la picaresca y la malicia. Dentro de una EU como nos han “concedido” los gentiles de Bruselas, el tráfico de mercancías es libre, Tratado de Maastricht.

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En 1964 se gravó el consumo con un impuesto de valor añadido, invento ya sea dicho de paso, de un príncipe Sajon allá por 1707. Desde entonces ha sufrido todo tipo de transformación, donde se recaudaba para financiar el Municipio o Bruselas, ahora se ha convertido en la espada de Damocles del consumo necesario básico de las familias en Europa.

Se han desarrollado redes delictivas entre países de la EU que ha llevado al legislador a ser cada vez mas duro con el cobro del gravamen, pues el principio es que lo recaudado ha de ser devengado, y dicha liquidación se convierte en deuda al Estado.

Cuando oímos este nuevo caso no damos crédito a nuestros oídos. En menos de seis meses el cliente cae en una deuda de millones de Euros por impago de liquidación del IVA. El cliente no era ninguna empresa cotizando en el IBEX ni el DAX. Si esta era la deuda a hacienda cual no seria la facturación.

El juez alemán es implacable dicta auto de detección en el domicilio de la persona física dentro de la EU. Se tramita por comisión rogatoria con las debidas traducciones, apostillados y demás parafernalia.

El juzgado del país receptor no entiende una palabra: La traducción ha sido literal conllevando a confusión al juzgado receptor, pues la orden bajo el delito que se acusa no cabe en el ordenamiento procesal penal destinatario.

Comprobado los errores de uno y otro juzgado, los abogados elevan petición a los tribunales alemanes para que rectifiquen pues se ha cometido errores.

Los magistrados toman su tiempo, cuatro semanas, mientras comprueban y verifican todos y cada uno de los puntos de la primera orden de detección.

Después de varia deliberaciones y consabidas conversaciones con los abogados, el tribunal alemán reconoce haberse excedido y rectifica. Salvaguardando la jurisprudencia, dicta cargo en costas al Estado. A fin de cuentas los magistrados son su representante.

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